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Muchos derechos humanos siguen pisoteados

J. G. Santiago

 

A muchos presos políticos y de guerra se les niega una personalidad jurídica y, en consecuencia, el derecho a un juicio justo y a la protección igual de la ley.  El recurso efectivo ante tribunales es todavía un mito fuera de ciertas restricciones geográficas y políticas. 

 

 

El 10 de diciembre se celebra en el mundo entero el Día de los Derechos Humanos para conmemorar la firma de la declaración con ese nombre de fecha 10 de diciembre de 1948. Sin embargo, es un documento conocido tan solo por una minoría y pisoteado por muchos. 

 

Aquel día histórico, la Asamblea General declaró que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

 

Posiblemente con el propósito de evitar confusiones en cuanto a la definición de conceptos tales como libertad, igualdad, dignidad, derechos y fraternidad,  la Asamblea decidió no limitarse a un artículo, sino extenderse a un total de 30.

 

La Asamblea se pronunció en contra de la discriminación en cuanto a la aplicación de los derechos y libertades proclamados en la Declaración sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

 

Cincuenta y cinco años después de esa importante declaración,  las violaciones a los Derechos Humanos continúan en mayor o menor medida: 

 

  • El derecho a la vida se sigue violando con actos de agresión terrorista, con guerras injustificadas y otras acciones violentas que ponen en peligro la seguridad de las personas.

 

  • Aunque la esclavitud ha sido prácticamente erradicada, ha sido substituida en algunas sociedades por otras formas de servidumbre justificadas con motivos políticos, económicos y religiosos.  El trato cruel, inhumano o degradante es práctica común en muchos países y organizaciones en contra de aquellos miembros que discrepan de la filosofía y normas de la mayoría.  Muchas organizaciones siguen actuando bajo la premisa de que el todo es más importante que las partes, y que por lo tanto los derechos individuales estarán siempre al servicio de los intereses del grupo.

 

  • A muchos presos políticos y de guerra se les niega una personalidad jurídica y, en consecuencia, el derecho a un juicio justo y a la protección igual de la ley.  El recurso efectivo ante tribunales es todavía un mito fuera de ciertas restricciones geográficas y políticas. 

 

  • Las injerencias arbitrarias en la vida privada, la familia, el hogar y la correspondencia son práctica diaria en muchos ámbitos de la vida social.  Algunas entidades gubernamentales y privadas invaden el hogar y la correspondencia sin la debida autorización de las cortes.   Se continúan restringiendo algunos viajes por motivos políticos.  El derecho a la propiedad se viola en sociedades donde reina la anarquía o en organizaciones que despojan a sus miembros de los bienes corporales.

 

  • La libertad de pensamiento, de conciencia y religión terminan en muchos casos cuando colindan con las creencias y costumbres de grupos radicales o intolerantes.  El cambiar de religión o de creencia se castiga a veces con el ostracismo, la violencia verbal y las amenazas de muerte espiritual. 

 

  • A ciertos individuos todavía se les impide ocupar cargos públicos, ya sea por su raza, origen social o apariencia física.  El derecho al voto secreto y a los resultados del mismo son una farsa en muchos países.

 

  • El derecho al trabajo se viola con el discrimen por edad, género, origen,  y otras condiciones no aceptadas por las leyes laborales.  En muchos casos no existen los mecanismos para vigilar la aplicación estricta de las leyes.  Las empresas -por ejemplo- no tienen que reportar cuántas solicitudes de trabajo de personas mayores de 50 años han rechazado así como su proporción relativa a la totalidad de solicitudes y a la dispersión estadística observada en industrias similares. 

 

  • El derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria es una quimera en muchos países subdesarrollados e inclusive en aquellos desarrollados cuando se trata de inmigrantes.    Los seguros de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez y vejez están limitados por razones económicas a unos cuantos privilegiados. 

 

  • Muchos niños fuera de matrimonio sufren todavía del desprecio social, inclusive de organizaciones religiosas que no les permiten ni llegar al sacerdocio.  Para millones de niños la educación no es ni obligatoria ni gratuita.   Los objetivos de la educación tampoco son los establecidos por la Asamblea, a saber:  el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz. En muchos casos, la educación es adoctrinamiento político y religioso, desarrollo de la intolerancia y odio hacia naciones o grupos con creencias o costumbres diferentes.

 

  • A muchos padres todavía se les quiere quitar el derecho preferente a escoger el tipo de educación que desean darle a sus hijos.  Estados u organizaciones -omnipotentes por decreto propio- tratan de imponer los objetivos y los métodos de la educación sin consultar a los padres.

 

  • Se le continúa negando a muchos individuos el derecho a la libre participación en la vida cultural de la comunidad.

 

  • Muchos países no protegen los derechos de autor.

 

Estamos sin duda lejos de alcanzar los objetivos de la Declaración de los Derechos Humanos de 1948, pero tampoco debemos desanimarnos.  Es tan solo mediante el conocimiento de esos derechos, la transmisión constante de los mismos a las nuevas generaciones y la vigilancia en cuanto a su aplicación estricta que podremos eliminar la violación de los mismos.

 

Le invito a leer la  Declaración Universal de los Derechos Humanos en el portal de las Naciones Unidas y recordar especialmente el Artículo 30 de la misma:

 

Artículo 30

Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

 

 

 

 

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